La ONPE precisa, por ejemplo, que la “Ley seca” comienza el sábado y que desde el viernes no se pueden realizar manifestaciones públicas políticas.
Cuando resta menos de una semana para las elecciones 2016
del próximo domingo 10 de abril, este lunes entraron en vigencia una serie de
restricciones y prohibiciones relacionadas —por ejemplo— con la “Ley seca”, los
mitines políticos y la propaganda electoral.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precisó
que las restricciones y prohibiciones a partir de hoy son las siguientes:
1.- Está prohibida la publicación o difusión de encuestas y
proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a
través de los medios de comunicación.
2.- Desde este viernes 8 de abril no pueden realizarse
reuniones o manifestaciones públicas de carácter político. Los mítines de
cierre de campaña solo se podrán celebrarse hasta la noche del jueves.
3.- Desde este sábado 9 de abril, se suspenderá toda clase
de propaganda política. Es decir, no se puede usar banderas, llevar vestimentas
u otros distintivos o indumentarias que contengan propaganda electoral.
4.- La ‘Ley seca’ tendrá una vigencia de 48 horas. Desde las
08:00 horas del sábado 9 de abril quedará prohibida la venta de bebidas
alcohólicas a nivel nacional, la misma que podrá reanudarse recién el lunes 11.
5.- Los miembros de mesa, candidatos y personeros no pueden
ser detenidos 24 horas antes ni 24 horas después de la votación, salvo en caso
de flagrante delito.
6.- El día de los comicios —durante las horas de la
elección— no se podrá realizar reuniones dentro de 100 metros de un local de
votación. Tampoco se podrá hacer espectáculos populares al aire libre o en
recintos cerrados, ni funciones teatrales o cine, o reuniones públicas de
ninguna clase.
7.- Está prohibido portar armas de fuego desde el sábado 9
hasta el lunes 11 de abril.
8.- Se prohíbe impedir, coactar, inducir o perturbar el
ejercicio personal del sufragio.
9.- El ingreso violento al local de votación, la agresión a
miembros de mesa, así como la destrucción de actas electorales y local de
votación son delitos flagrantes y los autores serán detenidos y sancionados
penalmente.
10.-Ninguna persona puede detener o demorar los servicios de
correos o mensajeros que transporten elementos del proceso electoral.

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